miércoles, 16 de noviembre de 2011

AGUA SI, MINA NO EN LA CORDILLERA HUAYHUASH

¡Bien venidos a la defensa de las montañas y del medio ambiente!



HACIA UN PERU PRIMERO AGRARIO Y TURISTICO... LUEGO MINERO

"Vale más la biodiversidad de la superficie que el oro del subsuelo"



Hermosa Cordillera Huayhuash, amenazada por actividades mineras



Por Florencio Bernabé Gonzales (*)




Recurso hídrico: el agua, las cabeceras de cuenca, las lagunas, los ríos, los riachuelos, los puquiales, y la contaminante actividad minera son los causantes de los grandes conflictos sociales del Perú.


Últimamente, en Parón, Conococha y Cordillera Huayhuash (Diablo Mudo) en Ancash, Majes – Sihuas en la frontera Cuzco- Arequipa, Andahuaylas, Conga en Cajamarca y otros lugares se vienen generando conflictos cada vez más agudos.


Para el caso de la Cordillera Huayhuash, los pueblos circundantes exigen que se revisen el DIA (declaración de impacto ambiental) del proyecto Diablo Mudo de la minera Raura S.A y el EIA (estudio de impacto ambiental) del proyecto Palca de la empresa Santa Luisa, al mismo tiempo se suspenda toda ampliación y concesión minera en la zona.

Efectivizar en este quinquenio hasta el 2016 la Mega Consulta Nacional planteada por el presidente Humala para Ordenar Económica y Ecológicamente el territorio, definir el reordenamiento territorial de tal manera que se establezcan sectores que sean agrarios, extractivos de reservas naturales, colchones hídricos, entre otros.

Este ordenamiento territorial pro desarrollo humano en un Perú Agrario, turístico y minero, priorizando la conformación de todos los Consejos Regionales e Interregionales de gestión de Recursos Hídricos en las Cuencas con Planes, Autoridades de Agua, y competencias transferidas a Autoridades Ambientales Regionales, para prevenir y resolver conflictos (antes que lamentarlos), para cumplir políticas públicas para pueblos andinos, amazónicos y afroperuanos articuladas en el Plan Bicentenario: Perú al 2021, y consultar éste (en lo que les afecta directamente a aquellos), complementar la constitucionalización –ONU- del DDHH con derecho al agua dulce para producción nutricional ecológica y su autoconsumo.

Nuestra normatividad vigente sobre minería tiene muchas falencias, por atentar al medio ambiente y los derechos humanos. La actividad minera debe constituirse en una oportunidad para el desarrollo de las comunidades campesinas, pero para que sea posible la oportunidad, se requiere normas que regulen y protejan a las comunidades frente a la gran inversión.

En el Perú debemos alcanzar que el agua, sea declarada como un bien común de carácter universal, tangible y vital para la supervivencia de la diversidad biológica en nuestro país, que el derecho al agua es un derecho inalienable del ser humano, a su integridad y dignidad humana. Necesitamos establecer ese ordenamiento territorial avanzado, vinculante y común a todos las regiones que lo conforman, para establecer la plena vigencia del derecho humano a un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, en relación con la consagración legal del derecho humano al agua, permitirá la protección de los recursos naturales y energéticos para la supervivencia de sus pueblos.

El agua es un asunto de interés colectivo y que sólo habrá un verdadero progreso y desarrollo verde y sostenible, cuando haya la participación de todas y todos los seres humanos para lograr el resguardo del vital líquido, resaltando que “el derecho fundamental a la vida supone el derecho al agua y éste, a su vez, interpone el derecho intergeneracional a ésta”.

Desde siempre, el agua ha estado presente como factor determinante de la vida de los pueblos, recordemos que la costa peruana vive del agua proveniente de los andes, estas a su vez de los glaciares andinos para la abundancia o escases de nuestras aguas por lo que debemos preservarla para las futuras generaciones.

APPU-HUAYHUASH, PRESENTO UNA PROPUESTA PARA EL ORDENAMIENTO DE TODA LA CORDILLERA HUAYHUASH, AL MINISTERIO DE AMBIENTE, MINISTERIO DE AGRICULTURA, CONGRESO DE LA REPUBLICA Y OTROS, LA MISMA QUE VIENE CANALIZANDOSE  A TRAVES DE LA COMISION "CORDILLERA HUAYHUASH Y ASUNTOS MINEROS", INICIATIVA DE CIUDADANOS BOLOGENSINOS QUE CADA MES  NOS REUNIMOS EN LAS INSTALACIONES DEL CONGRESO NACIONAL, LA MISMA QUE  VIENE SIENDO APOYADO POR NUESTRO PAISANO  EL CONGRESISTA MODESTO JULCA,  AQUI ALCANZAMOS DICHA MEMORIA.


AYUDA MEMORIA

PROPUESTA ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA CORDILLERA HUAYHUASH

ANCASH – HUANUCO - LIMA

¿Sólo puede tomar parte cuando se derrame sangre inocente?.



Hasta 1990, sólo había 8 concesiones mineras, entre 1991 a 2000, alcanzan 46, y entre 2001 a 2010, 80, a la fecha sobrepasan 165 concesiones en todo el territorio de la cordillera. La operaciones extractivas datan desde 1990, con la minera Santa Luisa Proyecto Pallca, por el lado oeste, su EIA no fue aprobado. En enero del 2010, la Compañía Minera Raura S.A recibió la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto de exploración, para realizar 6 plataformas de perforación diamantina y la excavación de 11 trincheras de las concesiones “Nevado Nº 1” y “Nevado Nº 2”, encontrándose ubicado dicho proyecto en la “Zona Reservada Cordillera Huayhuash” y las “Área de Conservación Privada Huayllapa” y “Área de Conservación Privada Pacllón”, entre el distrito de Copa, provincia de Cajatambo, departamento de Lima y el distrito de Pacllón, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash, permiso de exploración concedido por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) del Ministerio de Energía y Minas (MEM), de acuerdo a la RD Nº004-2010-MEM/AAM, NO FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO COMO CORRESPONDE. Existen denuncias y conflictos socio ambientales entre esta empresa y comunidades del lado oriental y la Cordillera Raura. A su vez, dos comunidades vienen librando batalla legal con los proyectos Genial 1, 2, 3 de la empresa Solitario Perú S.A en plena Zona Reservada Cordillera Huayhuash y áreas de conservación privada reconocidas.



Las leyes peruanas no son suficientes, se pisotean con facilidad la Ley 26834 Ley de Aéreas Naturales Protegidas, Ley 27446 Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), Ley 29338 Ley de Recursos Hídricos, Ley 28611 Ley General del Medio Ambiente, Ley 24656 Ley General de Comunidades Campesinas, entre otras; el impacto que viene produciendo la minería en la Cordillera Huayhuash, es directo, a corto y largo plazo, irreversible, modificaran el uso de su suelo, emiten contaminantes (sólidos, líquidos, gases y otros: ruidos, onda aérea), hay una sobreexplotación del agua, modificaran el paisaje total, el entorno social, económico y cultural (impacto socioeconómico). Una vez más la inversión minera copa espacios, ignora pueblos y demuestra la condición decorativa de estado.



La pretendida categorización de la “Zona Reservada Cordillera Huayhuash”, con superficie de 67,589.76 ha, según la RM Nº076-2011-MINAM, publicado el 09.04.2011 actualizando la inconclusa RM Nº 1173-2002/AG, no impedirá la actividad minera en las cabeceras de cuencas, los nevados y bofedales, tampoco es garantía la definitiva categorización, debilita la reconocida gestión de las 4 ACP existentes: Pacllón, Huayllapa, Jirishanca y Llamcac, administradas por sus comunidades.



Ante el desordenado uso de los recursos naturales y amenaza de las fuentes de agua, es prioritario UN VERDADERO ORDENAMIENTO DE LA CORDILLERA HUAYHUASH (OTCH) no solo de la “Zona Reservada Cordillera Huayhuash” (ZRCH), establecer la Zona Ecológica Económica (ZEECH), debe efectuarse por etapas: 1: Preparación y Organización del proceso de Ordenamiento Territorial de la Cordillera Huayhuash (OTCH), 2: Recolección de Información Primaria y Secundaria, 3: Diagnostico Integral y 4: Formulación del Plan de Ordenamiento Territorial, Los fines que debe perseguir el OTCH son: Reconocimiento de las potencialidades, restricciones, desequilibrios y riesgos del territorio, agua y recursos naturales; valoración del territorio paisajístico de la Cordillera Huayhuash, fuentes de agua: nieve, ríos, manantiales y lagunas, sus recursos naturales: fauna y flora, como base de afirmación de su identidad territorial POR SUS VALORES: Valores ecológicos, Valores florísticos, Valores faunísticos, Valores ambientales, Valores turísticos, Valores científicos culturales, Histórico socioeconómico; Detener, estabilizar y reorientar los procesos de intervención humana e impedir las concesiones, exploraciones y explotaciones mineras, articulación sostenible de las actividades comunales, buscando el equilibrio entre utilización y conservación de los recursos naturales, orientar los planes de inversión pública y privada para la conservación y preservación del territorio; orientar el uso patrimonial del territorio; prevención del Riesgo de Desastres, teniendo en cuenta las amenazas y vulnerabilidades naturales, así como los provenientes por el cambio climático y de las actividades humanas, y; desarrollo de las capacidades de gestión descentralizada del territorio por quienes se encuentran más cerca de él. Los objetivos de esta planificación y ordenamiento, de largo y mediano plazo: Identificar, orientar la formulación y planificar la gestión ambiental del territorio y uso sostenible de los RRNN; apoyar el fortalecimiento de capacidades de las autoridades correspondientes para conducir la gestión de RRNN, promoviendo la participación ciudadana y fortaleciendo a las organizaciones de la sociedad civil involucradas en dicha tarea; proveer información técnica y el marco referencial para la toma de decisiones; elaborar la base normativa, legal e institucional encargada de la Gestión del OTCH en cada comunidad, distrito, provincia y región, entre otros.

Firman APPU-HUAYHUASH y representantes comunales.

(*) Presidente de APPU-HUAYHUASH
Asociación Peruana de Protección, Defensa y Desarrollo de la Cordillera Huayhuash

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