jueves, 14 de julio de 2022

Avances y Retos a 20 años de su creación

¡Bien venidos por la defensa de las montañas y del medio ambiente!


CORDILLERA HUAYHUASH
Áreas de Conservación Privada Avances y Retos a 20 años de su creación



 

Ing. Florencio Bernabé Gonzales*



          1.       ANTERCEDENTES

 

En setiembre del 2005, el autor visita las tierras del Señor de Sipán, con el objeto de contactar y compartir experiencias con los responsables de la Primera Área de Conservación Privada (ACP) “Chaparri” de la Comunidad Campesina Santa Catalina de Chongoyape - Chiclayo. En esta calurosa ciudad se encuentra la Base de Operaciones de la mencionada ACP. Los señores Juan Carrasco Fernández y Heinz Plenge gestores de esta primera experiencia comunal en el país, me reciben gentilmente y resumen su apreciación diciendo: “La experiencia lo demuestra el Estado no ha sido ni es capaz, principalmente por falta de recursos de administrar apropiadamente las ANP. Donde llega impone condiciones que no son rentables para los pobladores locales que son mantenidos al margen, muchas veces de los beneficios económicos que dichas áreas puedan generar...”.

 

Desde aquellos años, temerosos de ser despojado de sus territorios siendo dueños - ya había antecedentes al respecto – en sujeción a las normativas vigentes para establecer la justificación técnico – legal, sobre ANP que garantice esa futura categorización, y esta nueva experiencia como ACP; las comunidades circundantes a la Cordillera Huayhuash, cada vez amenazadas por la presencia de la minería en la zona. La exitosa experiencia de la comunidad campesina de Chongoyape es digna de imitarse, compromiso que, con el apoyo del Estado, potencien su responsabilidad e impulsen la palanca de su propio desarrollo.

 

2.       MARCO LEGAL PARA RECONOCIMIENTO COMO ACP ADMINISTRADO POR LA COMUNIDAD

 

Para llegar a este objetivo estas comunidades se respaldaron en:

-   Ley 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento DS 038 –2001-AG, Art 3° proponen solo 3 tipos de administración de las ANP: (...): c) Las de Conservación Privada”.

-   La Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del Consejo Permanente de la OEA a través de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos el 26 de enero de 1997, sección tercera, Art. XIII sobre el Derecho a la protección del medio ambiente, Inc. 2 e Inc. 6.

-   Esta posición es apoyada también por el Congreso Americano de indios realizado en 1999.

-   Además, el Estado peruano propone sobre el particular "Los Estados deben asegurar el respeto del derecho a la auto identificación como forma individual o colectiva, conforme a las instituciones propias de cada pueblo indígena"[1].

-    El Consejo Permanente de la OEA a través de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos mencionada en la sección quinta sobre los Derechos Sociales, Económicos y de propiedad, en el Art. XVIII, Inc.5, sobre la propiedad de la tierra de los pueblos indígenas y el derecho sobre los mismos sostiene, que "los pueblos indígenas tienen el derecho a determinar y elaborar prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras, territorios y otros recursos... ". Este documento se convierte en un instrumento jurídico internacional de defensa de los derechos de los pueblos indígenas, el Estado peruano, como miembro de la OEA, firmó esta declaración asumiría el compromiso de hacer vinculante su cumplimiento de acuerdo a las normas nacionales.

Producto de la interpretación de estas y otras nomas, se vislumbra un panorama entre alentador y contradictorio para estas comunidades, sobre derechos, responsabilidades y reconocimientos, a la vez, nuevos retos.

 

       3.       UNA OPCION DE DESARROLLO SOSTENIBLE

 

Parafraseando a Flores Galindo, sigue la utopía andina en la Cordillera Huayhuash como en el resto de las comunidades, donde no existe continuidad entre el presente y el pasado, peor aún no se prevé el futuro, “no propicia el elemento fúndante en la identidad nacional”. Que en su base, está la valoración positiva de lo nativo, el reconocimiento de ser diferente y de la importancia de lo andino para un modelo de desarrollo en el Perú, no podemos seguir siempre propiciando las derrotas en la historia de estos pueblos andinos. El Estado, a través de su estructura no resuelve un conjunto de interrogantes sobre los más débiles, los pueblos andinos y originarios, que se creían resueltos: la pobreza y su exclusión de la vida política como con el famoso canon minero que nunca les llegará, y su fragmentación espiritual con estas acciones, que no benefician la nacionalidad.

En esa medida, la propuesta de Área de Conservación Privada en la Cordillera Huayhuash, es el intento de recuperar la tradición andina en el futuro proyecto de la sociedad peruana. Haciendo de esta utopía una noción, donde lo andino se presenta como un mecanismo de desarrollo sostenible para su continuidad histórica de las comunidades campesinas.

Expuestas estas razones y siguiendo los términos para la creación del Área de Conservación Privada (ACP) se elaboró sus respectivos Expedientes Técnicos y correspondientes Planes Maestros, con la finalidad de llevar con éxito las actividades de conservación, manejo y gestión dentro del área de cada comunidad campesina.  De manera participativa, que implique una apuesta educativa y concientizadora de la población local, en cuanto a los derechos y obligaciones que requiere gestionar el territorio desde una perspectiva del desarrollo sustentable.

 

      4.       ENFOQUE ECOSISTÉMICO

 

Estableciendo un enfoque ecosistémico en la Cordillera Huayhuash, como una estrategia para la gestión integrada de la tierra, el agua en sus diferentes estados y los recursos vivos, para mantener o restaurar los sistemas naturales, sus funciones y valores de tal manera que se promueva la conservación y el uso sostenible de los ecosistemas, de una forma justa y equitativa, participativa y descentralizada, a través de la integración de los factores ecológicos, económicos, culturales y sociales dentro del marco geográfico de esta cordillera definido principalmente por límites ecológicos y mitigar el cambio climático.

En el fragor de las discusiones en los diferentes escenarios e instancias, acompañando a los dirigentes comunales, antes de la declaratoria como ZRCH y su posterior reconocimiento como ACP en la cordillera Huayhuash, el autor del presente, con un grupo de ciudadanos y ciudadanas provenientes de diferentes comunidades afincadas en Lima y otras ciudades, preocupados por la futura categorización que le depara a esta zona y consientes que, a sus comunidades de origen sus hijos deben retornar colaborando y facilitando su empoderamiento en aras del futuro manejo comunal de manera exitosa.

Por ello, a partir de ese momento se toma en cuenta, los trabajos realizados en las comunidades campesinas, por organizaciones como (APPU-HUAYHUASH, 2002)[2] y otras, con las comunidades desde el 2002, que también contribuyeron favorablemente a la creación de estas áreas.

Luego de la justificación con el Expediente Técnico, posteriormente, para consolidar dicho reconocimiento se elabora El Plan Maestro, como instrumento de gestión basado en un enfoque integral de conservación que articula principios de desarrollo humano y de desarrollo sostenible para el manejo por cada comunidad. Esto implica, buscar la ampliación de oportunidades de desarrollo de la población del área mediante el uso racional y adecuado de sus recursos, sin comprometer la seguridad de la calidad de vida de las generaciones futuras. En esa medida, fue un impacto positivo para las comunidades aledañas.

Es importante señalar que las comunidades mantienen un respeto evidente hacia la naturaleza, por lo que manifiestan expresamente, la necesidad de desarrollar actividades alternas a la minería (tales como ecoturismo, agricultura ecológica, artesanía, entre otros), viendo a esta como una amenaza latente a la biodiversidad y al equilibrio ecológico de uno de los lugares más bellos de nuestro país, la Cordillera Huayhuash, amenazada por la vigente actividad minera de la empresa Santa Luisa sucursal de Mitsui & Smelting, Unidad Productora Pallca, el proyecto Diablo Mudo por la empresa Raura S.A. y las recientes concesiones mineras en las cercanías.

 

      5.  NECESARIOS CAMBIOS DENTRO DE UN HORIZONTE TEMPORAL

 

El hecho de que las comunidades asuman su gestión como Área de Conservación Privada (ACP), regenera cambios dentro de un horizonte temporal dado, con visión entre el mediano y largo plazo, involucrando a la población en general, bajo indicadores de objetivos, señalando metas en términos cuantificables, generando el impacto esperado en función a los objetivos que se requiere potenciar, donde los actores se comprometen directamente en contribuir alcanzar los objetivos propuestos, es decir, qué rol se proponen cumplir y cómo plantean contribuir a alcanzarlo.  Metodología planteada a partir de la visión de desarrollo que tienen los pobladores, las organizaciones y las autoridades.

En estos 20 años cada ACP, es un modelo, donde sus líderes, organizaciones y las comunidades campesinas por medio de objetivos comunes, buscan promover el desarrollo integral y sostenible del área y, de manera participativa y concertada, vienen gestionando el proceso de implementación del PM, además, se encuentran fortalecidas para administrar participativa y concertadamente sus áreas de conservación, protegiendo su biodiversidad y manejando sosteniblemente sus recursos naturales y medio ambiente, brindando mayores oportunidades para el desarrollo de actividades productivas y eco turísticas sostenibles.

 

    6.  EL PAPEL DEL ESTADO ANTE EL DESPRENDIMIENTO COMUNAL

 

Las comunidades campesinas del entorno de la Cordillera Huayhuash, entregan sus territorios para el reconocimiento como ANP, como muestra de desprendimiento de que hacen gala, a cambio de nada, el mismo que beneficia a la humanidad por el cuidado y conservación a la que se comprometen frente al Estado peruano.

El PM debe ser insertado en cada Plan de Desarrollo Local Concertado (Gobierno Local) como la promoción de una nueva cultura del desarrollo, cuya meta es el bienestar de la población en condiciones de equidad y armonía con el medio ambiente, mejorando la calidad de vida de su población a través de la generación de oportunidades microempresariales que vayan generando progresivamente una mejor distribución de los beneficios del crecimiento, haciendo un uso racional de los recursos naturales y ambientales. Ello implica el desarrollo de una gestión ambiental sostenible, que permita aumentar la renovabilidad del capital natural, previniendo el deterioro ambiental de ecosistemas y paisajes, protegiendo la biodiversidad y la diversidad cultural.

 

“(…) La pobreza se supera solo generando mayores 
ingresos. No hay otro camino.
Les pongo un ejemplo: La Comunidad de Santa Bárbara 
en Lachocc, Huancavelica, se dedicaba solo a la cría 
de ovinos y alpacas. Protegieron las vicuñas y hoy 
esquilan a estos animales y con 80 kg de su fibra obtienen 
más ingresos que con sus ovinos, porque la fibra de 
vicuña vale 385 dólares US el kg y la de ovino S/. 0,50 el kg.
Con más vicuñas, obtendrán mayores ingresos (…)”, 
afirmaba Antonio Brack. Como se recuerda, hace décadas la 
Cordillera Huayhuash era poblada por los camélidos 
sudamericanos, sería oportuno retomar. 

Así, las comunidades campesinas de: Pacllón, Huayllapa, Queropalca y Llamac, conscientes de dicho problema, plantearon como estrategia de administración de sus recursos naturales, apostar por el uso sustentable y contribuir a la conservación de las torres de agua dulce en sus glaciares y fuentes, diferentes especies de flora y fauna silvestre, como alternativa para el beneficio socioeconómico de su población, administrando eficientemente su territorio como ACP.

7.    ACP “PACLLÓN” PRIMERA EN LA CORDILLERA HUAYHUASH Y TERCERA A NIVEL NACIONAL

La Comunidad Campesina de Pacllón, ocupa territorios de la “Zona Reservada Cordillera Huayhuash”, localizada en el complejo de esta cordillera y es parte de la Cuenca Pativilca y Subcuenca Achín, cuyas aguas drenan hacia el Océano Pacífico. La CC de Pacllón, comprende en su mayor parte al lado occidental de esta cordillera, a cuya conformación y desarrollo obedecen sus características más saltantes. Estas características biológicas, paisajísticas, culturales, entre otras, favorecen de manera determinante. Así, presentar una diversidad de ecosistemas, una riqueza de flora y fauna, características de esta zona altoandina, con especies que se encuentran en alguna categoría de conservación, cuencas hidrográficas, bellos paisajes dentro del área, y una gran riqueza cultural, como los valores mencionados líneas arriba, permiten de manera considerable el desarrollo de diversas actividades sostenibles para la zona.

 

Actualmente, las nuevas alternativas de explotación de los recursos cada vez más extendidas, plantean disyuntivas entre conservación o desarrollo. Si bien es cierto, que existe una ligazón estrecha entre la desaparición de recursos aprovechables y la globalización a diversos niveles, la diversidad cultural presente en varias zonas andinas, sus conocimientos y prácticas ancestrales tienden a desaparecer y, en algunos casos extremos, han desaparecido o han disminuido considerablemente ante presiones y demandas crecientes sobre los recursos naturales.

Frente a este panorama, durante los últimos años en el Perú se ha incrementado de manera favorable la participación de las comunidades campesinas y nativas para facilitar y llevar a cabo, proyectos exitosos, todos ellos con el propósito de contribuir con la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad.

Por consiguiente, la existencia de áreas de conservación privadas en la Cordillera Huayhuash constituye una prioridad ineludible largamente anhelada por las comunidades. La puesta en valor de sus tierras, su belleza paisajística, sus picos nevados, sus fuentes de agua, sus lagunas y ríos, junto con la biodiversidad que albergan, se convierten en una estrategia articuladora y potenciadora para el desarrollo de la zona. Si bien, la participación de la ciudadanía local organizada y sistemática son requisitos vitales en los procesos de desarrollo comunal, también son la única garantía para lograr una efectiva política de conservación y desarrollo de dichas áreas, convirtiéndose en sus mejores custodios y garantes, al margen del apoyo que deben de brindar las dependencias públicas y privadas dentro del marco legal.

Esta iniciativa, que parte directamente de las comunidades campesinas, compromete la participación activa de la población en los procesos de elaboración e implementación de actividades que conduzcan a la sostenibilidad de la zona.

 

    8. RESUMEN DE ANP EN LA CORDILLERA HUAYHUASH:

 

·  ZR “Zona Reservada Cordillera Huayhuash”, 67, 589.76 Ha, RM Nº 1173-2002-AG, 20/12/2002

·  LADO OESTE: Área de Conservación Privada “Pacllón” 12,896 Ha. RM Nº 0908-2005-AG (15/12/05), Distrito de Pacllón, provincia de Bolognesi – Ancash

·  LADO SUR: Área de Conservación Privada “Huayllapa” 21,106.57 Ha. RM Nº 0909-2005-AG (15/12/05), Distrito de Copa, provincia de Cajatambo – Lima

·  LADO ESTE: Área de Conservación Privada “Jirishanca” 12,172.91 Ha. RM Nº 346-2007-AG (27/04/07), Distrito de Queropalca, provincia de Lauricocha – Huánuco

·  LADO OESTE: Área de Conservación Privada “Llamac” 6,037.8525 Ha. RM Nº 006-2009-MINAM, (16/01/2009) Distrito de Pacllón, provincia de Bolognesi – Ancash.


Todas, con la finalidad de conservar la diversidad biológica de la Cordillera Huayhuash, junto con los diversos hábitats y ecosistemas que albergan, para garantizar el equilibrio y la continuidad de los procesos naturales, mediante la promoción del uso racional de los recursos naturales con miras al desarrollo sostenible de la población local, una alternativa.

 

9.   EVALUANDO EL ACP EN EL TIEMPO

 

     a)   El primer y quizá mayor servicio que cumple un ACP, es la oficialización del hecho de que los valores naturales de un predio se encuentran protegidos por su dueño, esto significa obtener un reconocimiento por el Estado con carácter oficial. Así, la ley lo ha convertido en un derecho. “Si yo propietario, que protejo o deseo proteger las tierras de mi propiedad, estoy interesado en que se oficialice la condición de mi predio de encontrarse protegido, puedo, entonces, solicitar que mi predio, o parte de él, sea declarado Área de Conservación Privada[3]. Los beneficios de adquirir carácter oficial son, básicamente, dos: dejar firmemente establecido frente a terceros de la seriedad de nuestras intenciones de conservación y obtener un reconocimiento al valor biológico o ecológico del área, que se caracteriza por lo siguiente:

a.       Convencer a terceros

b.      Seguridad jurídica

c.       Carga vinculante

d.      Asistencia técnica

e.      Promisorio Horizonte Temporal

     b)  No debe desconocerse las desventajas del reconocimiento como ACP, por ejemplo, hoy el nivel jerárquico legal aunque representa seguridad jurídica, su reconocimiento, es el más bajo, solo se promulga con una Resolución Presidencial de SERNANP, que es altamente vulnerable ante decisiones de mayor jerarquía legal (RM, DS, DL o Ley), aprovechamiento como actividades extractivas (mineras), y las disputas internas dentro del seno comunal, vulnerable frente a los actos de corrupción de algunos dirigentes comuneros en contra de sus intereses colectivos, priorizando su provecho personal al estilo de las autoridades corruptas enquistadas en los diferentes niveles del aparato estatal y empresarial privada del país.

    c)  En la Cordillera Huayhuash a partir del reconocimiento de las mencionadas ACP descritas, sobre la propiedad comunal, o parte de él, y cuyos valores naturales, paisajísticos, ambientales u otros similares, el propietario se compromete conservar e informar, de acuerdo a un plan de manejo establecido y por un plazo mínimo de diez años renovables. Oficialmente, cada ACP son complementos al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE).

    d) El mejoramiento de las capacidades humanas a todos los niveles es esencial para la acertada gestión del ACP en la Cordillera Huayhuash. Y esto ha de basarse en la integración de las contribuciones distintas y complementarias del conocimiento local y tradicional, participación de diferentes profesionales y disciplinas y de la experiencia práctica de cuantos intervienen. Todo puede y debe aprenderse mutuamente. Las actuaciones prácticas, para crear asociaciones y conductores con el fin de compartir la información a todos los niveles son el primer paso esencial para lograr una gestión de la ACP integrada.

     e)  Los gobiernos, incluidos los locales, deben incluir en su Plan de Desarrollo Local Concertado, los Planes Maestros de cada ACP de su jurisdicción, así desempeñar más activamente su función esencial en la gestión y apoyo a cada ACP y dirigir procesos locales, nacionales e internacionales a este respecto.

     f)  Empoderar a las comunidades. Los pueblos indígenas tienen con frecuencia un conocimiento particular de las plantas medicinales y biodiversidad, el valor espiritual del agua, de las montañas y huacas que pueden compartir con otros.

     g)  Las organizaciones profesionales y científicas, con sus grandes conocimientos y experiencia, deben contribuir más a la gestión del ACP. Deben ampliar su ámbito profesional e intervenir con más planteamientos interdisciplinarios e intersectoriales.

    h)  Las empresas privadas, desde las empresas internacionales hasta pequeños proveedores de servicios locales como las turísticas, e incluidas las instituciones financieras, deben contribuir más activamente a la gestión sostenible, la financiación, la prestación de servicios y la creación de capacidad en relación con el manejo y administración del ACP.

     i)   La comunidad internacional debe reforzar su compromiso e intensificar sus esfuerzos para que los países en desarrollo puedan gestionar sus ANP en forma sostenible.

 

Fuente, libro: “CORDILLERA HUAYHUASH RUTA DE ORO EN LOS ANDES DEL PERÚ” - Breve Ensayo desde el Enfoque Ecosistémico, hacia su Sostenibilidad (Autor: Florencio Bernabé Gonzales)

(*) Fundador y Presidente de APPU-HUAYHUASH.



[1] Ley 29785, Ley del derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y su reglamento mediante Decreto Supremo 001-2012-MC. Ambas normas deben interpretarse en concordancia con la Constitución Política de 1993, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

[2] Plan Maestro del ACP “Pacllón”, aprobado por SERNANP.

[3] Las áreas de conservación privada en el Perú Un camino para involucrarse en la conservación de la naturaleza, Pro Naturaleza – Lima/ http: //www.pronaturaleza.org.